ORDEN 10/2017 DE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS PARA EL PROGRAMA DE FOMENTO DE REHABILITACION EDIFICATORIA

Objeto: Fomentar la rehabilitación edificatoria en Castilla-La Mancha mediante la subvención de actuaciones dirigidas a: la conservación, la mejora de la calidad y sostenibilidad y realizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad, dentro de dos líneas diferenciadas:

LÍNEA 1: Rehabilitación de edificios de tipología residencial colectiva. (Pudiendo ser beneficiarias las comunidades de propietarios, o agrupaciones de comunidades de propietarios, o propietarios únicos de edificios de viviendas)

LÍNEA 2: Rehabilitación de zonas privativas de las viviendas y edificios de una sola vivienda, (pudiendo ser beneficiarios los propietarios o arrendatarios cuyos ingresos no superen 6.5 veces el IPREM)

Se consideran actuaciones subvencionables para la conservación: las obras y trabajos que se acometan para subsanar las deficiencias derivadas tras el informe de evaluación del edificio desfavorable, relativas al estado de conservación de la cimentación, estructura e instalaciones, o las de cubiertas, azoteas, fachadas y medianerías.

Son actuaciones subvencionables para la mejora de la calidad y sostenibilidad:

-La mejora de la eficiencia energética de las instalaciones comunes de ascensores e iluminación del edificio o de la parcela, y en su caso, zona de aparcamientos y/o alumbrado de la parcela, mediante las siguientes actuaciones:

1º Sustitución de lámparas y luminarias por otras de mayor rendimiento energético (por ejemplo LED)

2º Instalaciones de sistemas de control de encendido y regulación del nivel de iluminación y aprovechamiento de luz natural

-La mejora de la envolvente térmica del edificio

-La instalación de sistemas de calefacción, refrigeración, producción de agua caliente sanitaria, y ventilación para el acondicionamiento térmico

-La instalación de equipos de generación o que permitan el uso de energías renovables, etc…

Son actuaciones para realizar ajustes razonables en materia de accesibilidad: la instalación de ascensores salva-escaleras, rampas, o de elementos de información o de aviso tales como señales luminosas o sonoras,etc…

Próximamente la JCCM publicará la convocatoria de estas ayudas, donde se especificarán los plazos, así como los modelos de solicitud.

Esta Orden de la Consejería de Fomento, por la que se establecen las bases reguladoras puedes descargarla aquí