BASES REGULADORAS JCCM PARA LA INSTALACION DE PUNTOS DE RECARGA ELECTRICOS…
ORDEN 134/2018 DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPRESAS Y EMPLEO, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS PÚBLICAS ENCAMINADAS A LA MEJORA DEL AHORRO Y LA EFICIENCIA ENERGÉTICA EN INFRAESTRUCTURAS DE TRANSPORTE MEDIANTE LA INSTALACIÓN DE PUNTOS DE RECARGA ELÉCTRICOS CON SISTEMA DE CONEXIÓN A RED O CONEXIÓN A PANELES FOTOVOLTAICOS INDEPENDIENTES, Y DE ESTACIONES DE RECARGA O LLENADO DE GAS NATURAL, GLP O HIDRÓGENO.
La Orden publicada en el DOCM el pasado 7 de septiembre, tiene como objeto establecer las bases reguladoras de ayudas públicas encaminadas a la mejora del ahorro y la eficiencia energética en infraestructuras de transporte mediante la instalación de puntos de recarga eléctricos con sistema de conexión a red o conexión a paneles fotovoltaicos independientes y de estaciones de carga o llena de gas natral, GLP o hidrogeno.
Los programas de ayudas son:
Programa 1. Instalación de puntos de recarga eléctricos, para entidades locales territoriales de Castilla-La Mancha, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
Programa 2. Instalación de puntos de recarga eléctricos, para empresas.
Programa 3. Instalación de puntos de recarga eléctricos, para personas físicas a título privado o comunidades de propietarios.
Programa 4. Instalación de estaciones de recarga o llenado de gas natural, GLP o hidrógeno para empresas.
Podrán ser beneficiarios:
-Para los programas de instalación de puntos de recarga eléctricos: 3º. Las personas físicas a título privado y comunidades de propietarios.
-Las empresas, entendidas estas como empresas privadas pymes, que ejerzan una actividad económica en Castilla-La Mancha, dotadas de personalidad jurídica propia y ánimo de lucro
-Las entidades locales territoriales de Castilla-La Mancha, que serán únicamente beneficiarios de cofinanciación con cargo a Feder
-Para el programa de Instalación de estaciones de recarga o llenado de gas natural, GLP o hidrógeno las empresas, entendidas estas como empresas privadas pymes, que ejerzan una actividad económica en Castilla-La Mancha dotadas de personalidad jurídica propia y tengan ánimo de lucro, excluidas las sociedades civiles y las comunidades de bienes.
El periodo de ejecución será el que se establezca en la correspondiente convocatoria, que será como máximo de 24 meses.
La cuantía máxima de la subvención para el Programa 1 será del 75 % del coste subvencionable y para los Programas 2 y 3, del 40 % del coste subvencionable.
Los importes máximos para todos los programas, en función de la potencia del punto de recarga eléctrico a instalar y tipo de conexión, serán los siguientes:
-Por cada punto de recarga eléctrico de hasta 40 kW, con conexión a red: 4.000 euros.
-Por cada punto de recarga eléctrico superior a 40 kW con conexión a red: 8.000 euros.
-Por cada punto de recarga eléctrico de hasta 40 kW con conexión a paneles fotovoltaicos exclusivos para la recarga: 8.000 euros.
-Por cada punto de recarga eléctricos superior a 40 kW, con conexión a paneles fotovoltaicos exclusivos para la recarga: 16.000 euros.
La cuantía máxima de la subvención, para el Programa 4, en función del tipo de estación, será la siguiente:
– Estaciones de recarga o llenado destinadas a prestar servicio público general: hasta un máximo de 100.000 euros, con el límite del 40% del coste subvencionable, impuestos excluidos.
-Estaciones de recarga o llenado de uso privado de flotas de vehículos industriales de transporte: hasta un máximo de 50.000 euros, con el límite del 40% del coste subvencionable, impuestos excluidos.
Pincha aqui para obtener el texto completo de la Orden, teniendo en cuenta que aún queda pendiente por que se publique la convocatoria de estas ayudas, donde se determinen plazos, modelos de solitudes, entre otros requisitos.